Decreto N° 2961-2020

Asignase un adicional del 15% para compensar situaciones especiales, previstas en el artículo 25 de la Ley 2871, a los agentes que revistan en el Ministerio de Salud. [1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. 3446 del 23-12-20.-

Dictado el 21-10-20.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

Artículo  1°.- Asígnase, a partir del 1 de septiembre y hasta el 31 de diciembre del año 2020, un adicional del 15% para compensar situaciones especiales, previstas en el Artículo 25 de la Ley N° 2871, a los agentes que revistan en el Ministerio de Salud.

 

Artículo 2°.- El Ministerio de Salud será el encargado de elevar a la Contaduría General el listado de los agentes - Ley N° 2871- que percibirán el adicional establecido en el artículo 1° del presente Decreto, como así también las altas y bajas al mismo.